A través del Decreto Supremo N° 298-2018-EF, se aprobó el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el año 2019 en S/ 4,200.00 (cuatro mil doscientos soles). Este nuevo valor muestra un aumento de S/ 50.00 en relación al valor de la UIT del año 2018 que fue de S/ 4,150.00.
Es necesario comentar que de acuerdo a la Norma XV del Código Tributario, la UIT es un valor de referencia que se utiliza para las normas tributarias, determinar las bases imponibles, deducciones de impuestos, límites de afectación, sanciones, determinar obligaciones contables. Además, señala que será determinada considerando los supuestos macroeconómicos, entre otros, la variación del índice de precios al consumidor del año anterior.
En el campo laboral se incrementa el valor de las multas que el inspector de trabajo puede aplicar a las empresas que infrinjan las normas laborales, tal es así, que las multas que tienen carácter de insubsanables, pasarán de S/ 207,500.00 a S/ 210,000.00 (50 UIT) para microempresas registradas en el REMYPE; de S/ 415,000.00 a S/ 420,000.00 (100 UIT) para pequeñas empresas registradas en el REMYPE y de S/ 830,000.00 a S/ 840,000.00 (200 UIT) en los demás casos.
Asimismo, en el campo judicial se incrementa de S/ 415.00 a S/ 420.00 (10% de la UIT) la Unidad de Referencia Procesal – URP, lo cual permite entre otros casos contenciosos, que los diversos juzgados de paz letrados y de primera instancia laborales determinar su pago o no, como requisito previo de inicio de los procesos judiciales.