El Banco de la Nación procederá al pago desde el 27 de agosto de 2024
A través de la Resolución AdministrativaNº 003-2024/CAH-Ley Nº 29625 publicada hoy 26 de agosto de 2024, se aprobó el Segundo Grupo de Reintegro del Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios del Primer al Decimonoveno Grupo de Pago, que cobraron parcialmente la devolución de sus aportes, en la cantidad de doscientos siete mil cuatrocientos setenta (207,470) para los fonavistas titulares a partir de los 75 años y también considera a los fallecidos de dicho grupo a partir de los 93 años al 31 de agosto de 2024, los que figuren en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad – CONADIS, los que perciban pensión de invalidez de la ONP y los que tengan alguna enfermedad grave o terminal debidamente acreditada, por un monto total de Quinientos Diecinueve Millones Doscientos Noventa y Un Mil Cuatro con 31/100 Soles (S/ 519’291,004.31), de conformidad con lo acordado por la Comisión Ad Hoc.
También se dispone, la emisión y notificación, a través de la Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc creada por la Ley Nº 29625, del Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista – CERAD.
El CERAD se entregará de manera virtual a través de la página Web de la Secretaría Técnica del FONAVI. Sin perjuicio de ello el beneficiario puede recabar el CERAD a través de las plataformas de atención al Fonavista.
La publicación del detalle de cada fonavista beneficiario que forma parte del Padrón, se podrá consultar a través de la página web al módulo de consulta, opción: “4. Consulte AQUÍ si es parte del Segundo Grupo de Reintegro – Agosto 2024”, con el número de documento de identidad del Fonavista Titular (www.fonavi-st.gob.pe y/o www.fonavi-st.pe).