A Través del Decreto Supremo N° 172-2020-EF publicada hoy, el Ejecutivo aprobó la operación de endeudamiento externo, con el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, hasta por la suma de US$ 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el Programa “Mejoramiento de los Servicios de Justicia en Materia Penal en el Perú”.
La norma señala que, el endeudamiento externo será amortizada mediante doce (12) cuotas semestrales y consecutivas en los siguientes porcentajes del monto del préstamo y fechas: 8,33% del 15 de junio de 2025 hasta el 15 de junio de 2030 correspondiente a las primeras once (11) cuotas, y 8,37% el 15 de diciembre de 2030 referido a la última cuota. Devenga una tasa de interés basada en la tasa LIBOR a tres (03) meses, más un margen a ser determinado por el BID, de acuerdo con su política sobre tasas de interés.
El referido endeudamiento externo está sujeto a una comisión de crédito sobre el saldo no desembolsado del préstamo, que es establecido periódicamente de conformidad con las disposiciones aplicables de la política del BID, sin que exceda el 0,75% anual.
Durante el periodo de desembolso no hay comisión de inspección y vigilancia, salvo que el BID la restituya, en cuyo caso no puede cobrarse en un semestre determinado más de 1% del monto de financiamiento dividido por el número de semestres comprendidos en el plazo original de desembolsos.
El Poder Judicial, el Ministerio Público y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos serán las Unidades Ejecutoras del Programa “Mejoramiento de los Servicios de Justicia en Materia Penal en el Perú”.
Finalmente, autorizó a la Ministra de Economía y Finanzas, o a quien ésta designe, a suscribir en representación de la República del Perú, el contrato de préstamo de la operación de endeudamiento externo, así como al Director General de la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir los documentos que se requieren para implementar la citada operación.