Para la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (ASPEC), la propuesta del Gobierno de incluir los medicamentos vinculados al tratamiento del COVID-19 en la lista a que se refiere el Decreto de Urgencia N° 007-2019 va en el sentido correcto, pero no es suficiente.
El mencionado Decreto de Urgencia N° 007-2019 y su reglamento buscan garantizar un stock mínimo de 31 medicamentos esenciales genéricos en las boticas y farmacias del sector privado, pero en la presente coyuntura, eso resulta insuficiente porque los precios se han incrementado de manera excesiva.
Por ello lo que se requiere es que el Estado fije los precios máximos de venta al público de tales fármacos y de los insumos médicos asociados al tratamiento del COVID-19. De otro modo los medicamentos serán accesibles en el sentido de que estarán físicamente en el establecimiento, pero continuarán siendo económicamente inaccesibles para el consumidor.
En tal sentido ASPEC reiteró su propuesta de que el Ministerio de Salud elabore dicha lista de medicamentos sujetos a control de precios, la misma que estará vigente mientras dure la presente emergencia sanitaria. La ventaja adicional que traería dicha lista sería que quienes no la respeten, podrán ser denunciados por el delito de especulación previsto en el art. 234° del Código Penal, lo cual desalentaría a los empresarios que quieran lucrar en forma desmedida a expensas de la salud de la población.