A través de la Resolución SBS Nº 1295-2020 publicada hoy, la SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES en atención a la solicitud presentada por Bank of China Limited y Bank of China Group Investment Limited, para que se autorice el funcionamiento de una Empresa bancaria de operaciones múltiples bajo la denominación social de “Bank of China (Peru) S.A.”, y al haber cumplido con los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia aprobado por Resolución SBS Nº 1678-2018, y presentando la información allí señalada, la cual se encontró conforme tras su evaluación; Contando con los vistos buenos de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, de Asesoría Jurídica, de Riesgos, y de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 27 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y modificatorias y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349 de la referida Ley General;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar, el funcionamiento de la empresa “Bank of China (Peru) S.A.” como una empresa bancaria de operaciones múltiples.
Artículo Segundo.- Disponer que por Secretaría General de esta Superintendencia, se otorgue el correspondiente Certificado de Autorización de Funcionamiento, el que deberá ser publicado por dos veces alternadas, la primera en el Diario Oficial El Peruano y la segunda en uno de extensa circulación nacional, debiendo exhibirse permanentemente en la oficina principal de la empresa, en lugar visible al público.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SOCORRO HEYSEN ZEGARRA
Superintendenta de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones