A través del Decreto Supremo N° 368-2020-EF publicado el 27 noviembre de 2020, el Ejecutivo aprobó la operación de endeudamiento externo, entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF, hasta por la suma de US$ 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), denominada “Programa de Desarrollo del Capital Humano”.
La cancelación de la citada operación de endeudamiento externo es mediante trece (13) cuotas semestrales y consecutivas, en los siguientes porcentajes del monto de préstamo y fechas: 8% del 15 de febrero 2025 hasta el 15 de agosto de 2030 correspondiente a las primeras doce (12) cuotas, y 4% el 15 de febrero 2031 referida a la última cuota. Devengan una tasa de interés basada en la tasa LIBOR a seis (06) meses, más un margen variable a ser determinado por el BIRF de acuerdo con su política sobre tasa de interés.
La Unidad Ejecutora del “Programa de Desarrollo del Capital Humano” es el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público.
Asimismo, se autorizó al Ministro de Economía y Finanzas, o a quien éste designe, a suscribir en representación de la República del Perú, el contrato de préstamo de la operación de endeudamiento externo; así como al Director General de la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir los documentos que se requieren para implementar la citada operación.